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Plusvalía municipal (IIVTNU) · Madrid

Plusvalía municipal en Torres de la Alameda.

¿Necesitas presentar, declarar o tramitar la plusvalía de un inmueble en Torres de la Alameda? Estás obligado a comunicarla al ayuntamiento. Sube la escritura y nosotros la presentamos por ti, con justificante sellado en tu email en 24 horas.

24h
Justificante sellado
79€
Por ayuntamiento · IVA incl.
100%
Online · sin desplazarte
Nº 2357
Gestor colegiado
Datos 2025 · Torres de la Alameda

Coeficientes y tipo de gravamen en Torres de la Alameda

El tipo de gravamen aplicable en Torres de la Alameda es del 25 %. Estos son los coeficientes del método objetivo y el tipo vigentes para calcular, declarar y pagar la plusvalía en Torres de la Alameda según la información impositiva municipal de 2025:

Años de tenenciaCoeficienteTipo de gravamen
1 año10 %25 %
5 años10 %25 %
10 años8 %25 %
15 años9 %25 %
20 años o más25 %25 %
Ejemplo orientativo (método objetivo): para un valor catastral del suelo de 50.000 € tras 10 años de tenencia, la base sería 50.000 × 8 % y la cuota estimada en Torres de la Alameda rondaría 1.000,00 €. Calcula tu caso exacto →

Presentamos tu plusvalía en Torres de la Alameda

Tú solo subes la escritura (notarial, judicial o administrativa). Nosotros comunicamos la transmisión al Ayuntamiento de Torres de la Alameda y te enviamos el justificante de presentación sellado. Sin desplazamientos, sin cita previa, sin límite de inmuebles en el mismo ayuntamiento.

79 €
IVA incluido · por ayuntamiento · el impuesto, si lo hay, lo liquida el ayuntamiento aparte

Presentar y tramitar la plusvalía municipal en Torres de la Alameda

Si has vendido, heredado o recibido por donación un inmueble urbano en Torres de la Alameda (Madrid), tienes la obligación de presentar la plusvalía municipal ante el Ayuntamiento de Torres de la Alameda. Este impuesto, cuyo nombre técnico es Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), grava el aumento de valor del suelo desde que adquiriste el inmueble hasta que lo transmites. En plusvalias.es nos encargamos de tramitar, declarar y comunicar la plusvalía en Torres de la Alameda por ti, de forma 100 % online y con un Gestor Administrativo colegiado.

¿Cómo declarar la plusvalía en Torres de la Alameda?

Declarar la plusvalía en Torres de la Alameda es sencillo con nuestro servicio: subes la escritura de compraventa, donación o herencia, nos indicas que el inmueble está en Torres de la Alameda, y nosotros presentamos la comunicación al ayuntamiento. En Torres de la Alameda, el tipo de gravamen vigente en 2025 es del 25 %, y los coeficientes varían según los años que hayas tenido el inmueble. Recibirás el justificante de presentación sellado en tu correo en un plazo de 24 horas hábiles, sin necesidad de pedir cita previa ni desplazarte a las oficinas municipales de Torres de la Alameda.

¿Cuánto cuesta pagar la plusvalía en Torres de la Alameda?

Conviene distinguir dos conceptos. Por un lado, nuestros honorarios por gestionar y presentar la plusvalía en Torres de la Alameda son de 79 € (IVA incluido), sin límite de inmuebles dentro del mismo ayuntamiento. Por otro, el importe del impuesto en sí lo calcula y lo liquida el Ayuntamiento de Torres de la Alameda, y depende del valor del suelo, los años de tenencia y si hubo o no incremento de valor. Puedes hacer una estimación con nuestra calculadora de plusvalía para Torres de la Alameda antes de decidir.

Plazos para tramitar la plusvalía en Torres de la Alameda

El plazo para presentar la plusvalía en Torres de la Alameda depende del tipo de transmisión: 30 días hábiles desde la firma en compraventas y donaciones, y 6 meses (prorrogables a un año) desde el fallecimiento en el caso de herencias. Si no se comunica en plazo, el ayuntamiento puede aplicar recargos y sanciones, por lo que conviene tramitar la plusvalía en Torres de la Alameda cuanto antes. Nosotros nos ocupamos de todo para que cumplas con el Ayuntamiento de Torres de la Alameda sin preocupaciones.

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Quién lo presenta

Gestor Administrativo colegiado

Colegio Oficial de Gestores Administrativos

Gestoría del Turia · Gestor Administrativo Colegiado nº 2357 de Valencia, habilitado para presentar trámites ante las administraciones públicas de toda España con plena validez legal. Tu comunicación en Torres de la Alameda queda presentada y documentada.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre la plusvalía en Torres de la Alameda

¿Cómo presento la plusvalía en Torres de la Alameda?

Subes tu escritura en plusvalias.es, nos indicas el Ayuntamiento de Torres de la Alameda y nosotros presentamos y tramitamos la comunicación por ti. Recibes el justificante sellado en 24 horas hábiles, sin cita previa ni desplazamientos.

¿Qué plazo tengo para tramitar la plusvalía en Torres de la Alameda?

En compraventas y donaciones, 30 días hábiles desde la fecha de la escritura. En herencias, 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si se solicita dentro de los primeros 6 meses.

¿Y si vendí sin ganancia?

La transmisión debe comunicarse igualmente. Aportando el título anterior (la escritura de cuando adquiriste el inmueble), declaramos la plusvalía acreditando que no hubo incremento patrimonial y, por tanto, no procede pago del impuesto.

¿El precio incluye el impuesto de la plusvalía?

No. Los 79 € son nuestros honorarios por la gestión, presentación y el justificante sellado. El importe del impuesto, si lo hubiera, lo calcula y lo liquida directamente el Ayuntamiento de Torres de la Alameda a cada sujeto pasivo.

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