¿Necesitas presentar, declarar o tramitar la plusvalía de un inmueble en Puente Genil? Estás obligado a comunicarla al ayuntamiento. Sube la escritura y nosotros la presentamos por ti, con justificante sellado en tu email en 24 horas.
El tipo de gravamen aplicable en Puente Genil es del 30 %. Estos son los coeficientes del método objetivo y el tipo vigentes para calcular, declarar y pagar la plusvalía en Puente Genil según la información impositiva municipal de 2025:
| Años de tenencia | Coeficiente | Tipo de gravamen |
|---|---|---|
| 1 año | 15 % | 30 % |
| 5 años | 18 % | 30 % |
| 10 años | 16 % | 30 % |
| 15 años | 10 % | 30 % |
| 20 años o más | 35 % | 30 % |
Tú solo subes la escritura (notarial, judicial o administrativa). Nosotros comunicamos la transmisión al Ayuntamiento de Puente Genil y te enviamos el justificante de presentación sellado. Sin desplazamientos, sin cita previa, sin límite de inmuebles en el mismo ayuntamiento.
Si has vendido, heredado o recibido por donación un inmueble urbano en Puente Genil (Córdoba), tienes la obligación de presentar la plusvalía municipal ante el Ayuntamiento de Puente Genil. Este impuesto, cuyo nombre técnico es Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), grava el aumento de valor del suelo desde que adquiriste el inmueble hasta que lo transmites. En plusvalias.es nos encargamos de tramitar, declarar y comunicar la plusvalía en Puente Genil por ti, de forma 100 % online y con un Gestor Administrativo colegiado.
Declarar la plusvalía en Puente Genil es sencillo con nuestro servicio: subes la escritura de compraventa, donación o herencia, nos indicas que el inmueble está en Puente Genil, y nosotros presentamos la comunicación al ayuntamiento. En Puente Genil, el tipo de gravamen vigente en 2025 es del 30 %, y los coeficientes varían según los años que hayas tenido el inmueble. Recibirás el justificante de presentación sellado en tu correo en un plazo de 24 horas hábiles, sin necesidad de pedir cita previa ni desplazarte a las oficinas municipales de Puente Genil.
Conviene distinguir dos conceptos. Por un lado, nuestros honorarios por gestionar y presentar la plusvalía en Puente Genil son de 79 € (IVA incluido), sin límite de inmuebles dentro del mismo ayuntamiento. Por otro, el importe del impuesto en sí lo calcula y lo liquida el Ayuntamiento de Puente Genil, y depende del valor del suelo, los años de tenencia y si hubo o no incremento de valor. Puedes hacer una estimación con nuestra calculadora de plusvalía para Puente Genil antes de decidir.
El plazo para presentar la plusvalía en Puente Genil depende del tipo de transmisión: 30 días hábiles desde la firma en compraventas y donaciones, y 6 meses (prorrogables a un año) desde el fallecimiento en el caso de herencias. Si no se comunica en plazo, el ayuntamiento puede aplicar recargos y sanciones, por lo que conviene tramitar la plusvalía en Puente Genil cuanto antes. Nosotros nos ocupamos de todo para que cumplas con el Ayuntamiento de Puente Genil sin preocupaciones.
Gestoría del Turia · Gestor Administrativo Colegiado nº 2357 de Valencia, habilitado para presentar trámites ante las administraciones públicas de toda España con plena validez legal. Tu comunicación en Puente Genil queda presentada y documentada.
Subes tu escritura en plusvalias.es, nos indicas el Ayuntamiento de Puente Genil y nosotros presentamos y tramitamos la comunicación por ti. Recibes el justificante sellado en 24 horas hábiles, sin cita previa ni desplazamientos.
En compraventas y donaciones, 30 días hábiles desde la fecha de la escritura. En herencias, 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si se solicita dentro de los primeros 6 meses.
La transmisión debe comunicarse igualmente. Aportando el título anterior (la escritura de cuando adquiriste el inmueble), declaramos la plusvalía acreditando que no hubo incremento patrimonial y, por tanto, no procede pago del impuesto.
No. Los 79 € son nuestros honorarios por la gestión, presentación y el justificante sellado. El importe del impuesto, si lo hubiera, lo calcula y lo liquida directamente el Ayuntamiento de Puente Genil a cada sujeto pasivo.